25 de noviembre de 2009

CASO VÍCTOR JARA: JUEZ RECIBE INFORME QUE ACREDITA QUE CANTAUTOR MURIÓ ACRIBILLADO



El Servicio Médico Legal entregó, esta jornada, al ministro Juan Fuentes Belmar el informe pericial definitivo sobre las causa de muerte del cantautor nacional Víctor Jara, asesinado en 1973.

Los peritajes determinaron que el artista falleció por un politraumatismo a causa de múltiples impactos de bala presentes en todo el cuerpo. Las conclusiones fueron parte del informe donde se utilizaron muestras de ADN del cantautor y sus familiares.

Víctor Jara murió en septiembre de 1973 tras haber sido acribillado en el ex Estadio Chile, lugar de detención donde fue trasladado tras el golpe de Estado y se sitúa su muerte en la madrugada del 16 de septiembre de 1973.

SOLIDARIDAD: AYUDENME POR FAVOR A DIVULGAR LA FOTO


SE BUSCA DESESPERADAMENTE AL HIJO DE RICARDO SANCHEZ DE 3 AÑOS DESAPARECIDO.

Avísame al Otto Peralta Rodríguez Cel.: 095222000

Me disculpan los que no tienen corazón para leer y reenviar estos mensajes pero quien sabe...el mundo es chiquito y arriba Hay un Dios.

SIEMPRE PRESENTE ¡COMPAÑERO TOÑO ROMAN! ¡PRESENTE... AHORA Y SIEMPRE!

Ha partido otro de los nuestros
¡COMPAÑERO TOÑO ROMAN! ¡PRESENTE... AHORA Y SIEMPRE!

Velorio
Miercoles 25,
a partir de las 15:00 hrs.
en Parroquia San Gabriel, Los Canelos 850,
San Pablo alt 6500
Misa
Está programada en la misma parroquia el jueves 26 de noviembre a las 11:30 hrs.
Los funerales
el jueves 26 a las 13:00 horas (por confirmar) en el Parque del Recuerdo, entrada Américo Vespucio



Recién este sábado lo vimos en el encuentro del Peda ¡El sueño vive! ¡Viva el peda! y hoy ya no está... link aquí a imágenes del encuentro

VELATORIO DE TOÑO ROMAN

A las 15:00 horas de este miércoles, en la parroquia San Gabriel ubicada en Los Canelos 850 (San Pablo altura del 6500) fueron velados los restos del concejal de Lo Prado (PPD) Antonio Isaías Román Bustamante, quien fue encontrado muerto ayer al interior de su domicilio en Quinta Normal.

Una asesora del hogar al llegar al inmueble, en calle Julio Verne 4049, encontró a su patrón ahorcado y colgando desde una viga, con una cuerda de nylon atada al cuello.

Al sitio del suceso, por instrucciones del Ministerio Público, concurrió personal de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP) de la 22º Comisaría la que realizó diversas diligencias para determinar si hubo intervención de terceros.

No se encontró ninguna nota que justificara su muerte, por lo que se desconoce la razón de la drástica determinación.

Román fue un destacado dirigente estudiantil en la década de los ochenta, cuando era miembros de la Juventud Rebelde Miguel Enríquez del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Posteriormente, ingreso al Partido por la Democracia (PPD) y era concejal por la citada comuna.

DESALOJAN FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y DETIENEN A 50 ALUMNOS DE LA U. CENTRAL


Cincuenta estudiantes fueron detenidos luego de que efectivos de Fuerzas Especiales de Carabineros desalojara la Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública de la Universidad Central.

El edificio ubicado en Avenida Santa Isabel con Nataniel Cox permanecía ocupado desde el lunes en rechazo a la administración del decano Pedro Henríquez Guajardo.

Los alumnos afirman que el titular de la escuela habría designado cargos dentro del plantel sin aplicar criterios académicos.

Los estudiantes quedaron a disposición de la fiscalía por el delito de usurpación de inmueble.

ALTO A LA REPRESIÓN PARA HACER POSIBLE DIÁLOGO REAL GOBIERNO/PUEBLO MAPUCHE


LLAMAMIENTO DE PERSONALIDADES Y ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

Por Lucía Sepúlveda Ruiz

Convocados por la Comisión Ética Contra la Tortura, destacados luchadores por los derechos humanos, junto a académicos, personalidades, profesionales y miembros de diversas organizaciones sociales suscribieron un llamado al gobierno de la Presidenta Bachelet y al Estado de Chile, demandando un diálogo real con el pueblo mapuche, que se haga cargo de sus demandas y respete sus valores. Para hacer viable este diálogo, solicitan al gobierno un alto a la represión en territorio mapuche, el retiro de las fuerzas policiales instaladas en las comunidades y de las demandas judiciales presentadas por funcionarios del Estado; la aplicación por la justicia del debido proceso, y la aplicación de sanciones (y reparación) en los casos de violaciones de los derechos humanos cometidas por la policía. Exigen asimismo que se resguarde en especial la integridad física y psicológica de los menores y jóvenes mapuche, y se respete el derecho a la vida. El llamamiento será entregado el viernes 27 de noviembre en La Moneda, junto al listado de firmas que avalan la iniciativa. Asimismo se hará llegar a los candidatos a la Presidencia.
Lo
s firmantes ofrecen el apoyo activo de la sociedad civil a un diálogo de esta naturaleza, inédito en la historia republicana chilena. Entre quienes encabezan este llamamiento se encuentran Monseñor Luis Infantil, Vicario Apostólico de Aysén, Helmut Frenz, Pastor luterano, el padre Alfonso Baeza, vicepresidente de Caritas Chile; Hernán Vergara y Fernando Aliaga, Presidentes de Amnistía Internacional Chile y del Servicio Paz y Justicia Serpaj, respectivamente; el sociólogo Manuel Antonio Garretón (Premio Nacional de Humanidades y Ciencias Sociales 2007); los historiadores Gabriel Salazar (Premio Nacional de Historia 2008), Sergio Grez Toso (Director del Museo Vicuña Mackenna), Margarita Iglesias, Jorge Pinto Rodríguez, Alberto Díaz Araya; el ex Juez Juan Guzmán Tapia, y los abogados Alejandra Arriaza y Susana Machuca; Manuel Cabieses, director de Punto Final, Juan Pablo Cárdenas, director de la radio Universidad de Chile y Máximo Kinast, corresponsal de prensa.
A estos nombres se agregan, entre muchos otros, los de renombrados académicos como Felipe Portales, Manuel Fábrega, Myrna Villegas, Angélica Pizarro, Patricia Albornoz, Bernardo Subercaseaux, y Andrés Monares junto al ex vicepresidente de la FECH Felipe Hazbún, a Ariel Antillanca, dirigente mapuche, y a Pedro Alejandro Matta. Organizaciones como el Comité de Retornados del Exilio, el Comité Oscar Romero, el Comité de DDHH Kamarikun, Observadores de la Escuela de las Américas, Red Latina sin Fronteras y Ecoceanos también suscriben las demandas de diálogo y alto a la represión. Profesores, abogados, médicos, antropólogos, educadoras de párvulos, ingenieros, sacerdotes y agentes pastorales se han hecho parte de este planteamiento al gobierno desde la sociedad civil.
La convocatoria comienza con un diagnóstico de la situación actual, que caracteriza como “una guerra de baja intensidad del Estado chileno contra el pueblo mapuche a través del gobierno, sus fuerzas policiales y los órganos del poder judicial”. Subraya la impunidad reinante respecto de los casos de mapuche muertos por acción de las fuerzas del Estado (Alex Lemún, Johnny Cariqueo, Matías Catrileo y Jaime Mendoza) y el caso del menor José Huenante, desaparecido en democracia. Recuerda que hay más de 50 presos políticos mapuche sufriendo prisión efectiva producto de montajes policiales y/o siendo juzgados por la justicia militar o por la ley antiterrorista heredada de la dictadura. Destacan que la mayoría de los detenidos ha sido torturado al momento de su detención.
El documento califica como vanas las prácticas que el gobierno chileno ha realizado en respuesta a anteriores llamados al diálogo y a una solución pacífica del conflicto, pero reafirma que “aún un posible un diálogo real y necesario y que se cumpla con el mandato del Convenio 169 de la OIT” .
Los firmantes se manifiestan comprometidos con la justicia y la defensa irrestricta de los Derechos Humanos, de los derechos de los pueblos indígenas y sostienen un rotundo rechazo a la práctica de la tortura y la utilización de tratos inhumanos, crueles y degradantes.
La Comisión Ética Contra la Tortura ha estado realizando un seguimiento del conflicto mapuche/Estado/forestales desde el año 2007, constatando un alarmante incremento de la represión, paralelo a una absoluta falta de respuesta del gobierno frente a los hechos denunciados.

SIEMPRE PRESENTE: NOS HA DEJADO EL COMPAÑERO JULIO BARRIA, ABOGADO DE DERECHOS HUMANOS



Estimadas compañeras, estimados compañeros:

Comunicamos a Uds., el sensible deceso del compañero Julio Barría, quien fuera abogado de derechos humanos. Su fallecimiento se ha producido cerca de la medianoche, en La Florida.

Mañana 26 a las 12 horas se oficiara una misa, en la Iglesia Corazón de María, calle Copiapó esquina de Zenteno.

Comunicaciones

Asamblea Nacional por los Derechos Humanos

“PUNTO FINAL” APELA A LA CORTE SUPREMA



EN DEFENSA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DEL PLURALISMO INFORMATIVO

La revista Punto Final llevará a la Corte Suprema su demanda contra el Estado de Chile por la discriminación que afecta a los medios de información independientes en la asignación de la publicidad fiscal. La demanda fue rechazada el 12 de noviembre por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), luego de un año y medio de tramitación. Sin embargo, el abogado de PF, Alberto Espinoza Pino, presentó el 25 de noviembre un recurso de reclamación a fin de elevar la causa a la Corte Suprema. El recurso plantea que la forma discriminatoria y poco transparente en que el Estado distribuye su publicidad, favoreciendo a El Mercurio y La Tercera (Consorcio Periodístico de Chile, Copesa) daña gravemente la libertad de expresión y el pluralismo informativo, fortaleciendo el monopolio ideológico conservador que controlan Agustín Edwards y Alvaro Saieh, dueños de El Mercurio y Copesa, respectivamente. Ambas empresas concentran, además, el grueso de la publicidad privada, que alcanza a unos 700 millones de dólares anuales.

La sentencia N° 89 del TDLC que rechazó la demanda de PF la pronunciaron los ministros Eduardo Jara Miranda, presidente, Andrea Butelmann Peisajoff, Radoslav Depolo Razmilic, Tomás Menchaca Olivares y Julio Peña Torres. El documento tiene 18 páginas y 39 considerandos.

Recurso de reclamación

En el recurso de reclamación al TDLC a fin de llevar el caso ante la Corte Suprema, el abogado de Punto Final, Alberto Espinoza, señala:

“En conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 del Decreto Ley 211, recurro de reclamación en contra de la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2009, que en su parte resolutiva rechazó la demanda interpuesta por mi representada, a fin que la Excelentísima Corte Suprema conozca y falle este recurso, revocando lo resuelto por S.S. y en definitiva acoja la demanda de la Sociedad demandante, por las razones que expongo a continuación, con costas.

La Sociedad Editora, Impresora y Distribuidora de Videos y Publicaciones Punto Final S.A. demandó a los ministerios de Hacienda, Justicia y Planificación, denunciando diversas infracciones a la libre competencia, fundada en la concentración del avisaje publicitario en las cadenas periodísticas de El Mercurio y La Tercera, contribuyendo de esta forma a la conformación de un duopolio, cuyo impacto no sólo tiene un alcance en las leyes reguladoras de un mercado libre sino que también dañan gravemente la libertad de expresión y con ello las bases mismas del sistema democrático. En este sentido la violación de las normas sobre la libre competencia se hace extensiva a las normas que regulan la libertad de opinión e información en conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley 19.733 que establece para los efectos de lo dispuesto por el Decreto Ley 211 que se considerarán entre otros como hechos, actos o convenciones que tienden a impedir la libre competencia, los que entraben la producción de información, el transporte, la distribución, circulación, el avisaje y la comercialización de los medios de comunicación. La interpretación armónica de las normas establecidas en el Decreto Ley 211 y las disposiciones de la Ley 19.733 permiten configurar una relación directa entre la libre competencia y la libertad de expresión, especialmente cuando el avisaje por parte de los órganos del Estado, en este caso ministerios de Hacienda, de Justicia y de Planificación, es canalizado a través de los dos grandes consorcios periodísticos ya indicados, El Mercurio y Copesa.

Infracciones a la Constitución

Asimismo, en la demanda se denunció que la concentración del avisaje publicitario en estas dos grandes cadenas periodísticas constituye conductas infracciónales a las normas constitucionales que garantizan la libertad de opinión y de información, la libertad para desarrollar cualquier actividad económica y el derecho a la no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica, derechos y garantías que también se encuentran reconocidos en diversos tratados y fuentes del derecho internacional de los derechos humanos como el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 13° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 19° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, todos tratados ratificados por Chile y que por tratarse de tratados internacionales sobre derechos humanos constituyen un límite al ejercicio de la soberanía, como lo dispone el artículo 5º de la Constitución Política.

La sentencia reclamada, se limita única y exclusivamente a analizar las eventuales infracciones al Decreto Ley Nº 211 prescindiendo de analizar las infracciones a la Ley Nº 19.733, bajo la argumentación que la referencia al artículo 37º de la Ley Nº 19.733 sobre libertad de opinión y de información, “vigente al momento de interponer la demanda de autos, está hoy derogada” (considerando Vigésimo). En el considerando Séptimo de la sentencia reclamada señala “cabe hacer presente que el artículo en cuestión (art. 37º de la Ley Nº 19.733) fue derogado con la dictación de la Ley Nº 20.361 publicada en el Diario Oficial el 13 de julio de 2009 y que entró en vigencia el día 12 de octubre del año en curso”. De esta forma el fallo elude pronunciarse sobre la violación de esta norma legal, omisión que constituye un verdadero acto de denegación de justicia y una renuncia expresa al ejercicio de la función jurisdiccional.

Libre competencia y libertad de opinión

Sobre el particular debe tenerse presente que la demanda de la revista Punto Final se presentó el día 9 de mayo de 2008, que la vista de la causa se realizó el 2 de septiembre de 2009 y que en esa oportunidad la causa quedó en estado de acuerdo; es decir todo el procedimiento, desde su inicio hasta su término, se realizó bajo la vigencia del artículo 37º de la Ley Nº 19.733. Si bien es cierto la sentencia definitiva es de fecha 12 de noviembre de 2009, no es menos cierto que dicha sentencia se pronunció fuera del plazo establecido por la ley que es de 45 días contados desde que el proceso quede en estado de fallo, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 26º del Decreto Ley Nº 211.

En este mismo sentido debe tenerse presente que al momento de enunciar las leyes que sirven de fundamento para dictar la sentencia se omite toda referencia a la Ley Nº 19.733 así como también a las normas sobre derecho internacional de los derechos humanos invocadas en la demanda, remitiéndose exclusivamente a las disposiciones del Decreto Ley Nº 211.

La relación entre la libre competencia y la libertad de opinión, la relación entre el Decreto Ley Nº 211 y la Ley Nº 19.733, es de la esencia en esta demanda, de modo que el rechazo de la misma omitiendo toda referencia a esta relación constituye una infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo; se ha infringido abiertamente lo dispuesto por el artículo 37º de la Ley 19.733, disposición que alude expresamente al avisaje en los medios de comunicación.

Principios del derecho internacional

La declaración de principios sobre la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos regula la incidencia de los monopolios u oligopolios en la propiedad sobre los medios de comunicación en los principios 12 y 13 en los siguientes términos:

Principio 12. Los monopolios u oligopolios en la propiedad y control de los medios de comunicación deben estar sujetos a leyes antimonopólicas por cuanto conspiran contra la democracia al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos. En ningún caso esas leyes deben ser exclusivas para los medios de comunicación. Las asignaciones de radio y televisión deben considerar criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en el acceso a los mismos.

Principio 13. La utilización del poder del Estado y los recursos de la hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias; la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión, entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley. Los medios de comunicación social tienen derecho a realizar su labor en forma independiente. Presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión”.

Contradicciones de la sentencia

Por otra parte, la sentencia es contradictoria y carece de la debida congruencia entre su parte considerativa y su parte resolutiva. En efecto, de la lectura del considerando trigésimo sexto, trigésimo séptimo, trigésimo octavo y trigésimo noveno, se concluye que la práctica de contratación del avisaje publicitario por parte de los ministerios de Hacienda, Justicia y Planificación, es contraria a la normativa sobre la libre competencia. En el considerando trigésimo sexto se afirma: “Que la práctica de utilizar estos mecanismos de adjudicación entrega a los funcionarios encargados de seleccionar, en cada caso específico, al proveedor para contratar un avisaje determinado, un amplio margen de discrecionalidad que podría implicar riesgos para la competencia en el mercado respectivo”; en el considerando trigésimo octavo se afirma: “Que, en síntesis desde el punto de vista de la competencia en este mercado, es deseable que los órganos del Estado que avisan en los medios escritos de comunicación recaben al menos la información mínima indispensable para poder decidir qué medio es el más idóneo para transmitir un determinado mensaje”. En el considerando trigésimo noveno se afirma: “Que por esta razón, y para efectos de asegurar la libre competencia en la industria de los medios de comunicación escritos, este Tribunal estima que la inversión de publicidad estatal debe efectuarse bajo criterios transparentes, objetivos, no discriminatorios, lo que se facilitaría si se realiza mediante procesos de adjudicación en los que se recabe la información necesaria para tomar decisiones técnicamente fundadas, transparentes y objetivas por parte de la autoridad”.

La interpretación armónica de estos considerandos nos debe llevar a las siguientes conclusiones:

1.- Que los mecanismos de adjudicación entregan a los funcionarios encargados de seleccionar en cada caso el avisaje un amplio margen de discrecionalidad.

2.- Que la Dirección de Compras y Contratación Pública o en su caso los propios ministerios o servicios públicos, no utilizan toda aquella información razonablemente disponible relativa al tiraje, lectoría y público objetivo al que llegan.

3.- Que si el Estado recurriera a empresas especializadas en este mercado, podría obtener la información necesaria para minimizar una eventual asimetría que impidiera a las empresas periodísticas participar en una licitación.

4.- Que los órganos del Estado que avisan en los medios escritos, al momento de decidir qué medio es el mas idóneo no lo hacen con la información mínima indispensable.

5.- Que la libre competencia en la industria de los medios de comunicación se efectúa bajo criterios no transparentes, subjetivos y discriminatorios.

6.- Que los procesos de adjudicación no cuentan con la información necesaria para tomar decisiones técnicamente fundadas, transparentes y objetivas por parte de la autoridad.

No obstante la claridad de estas conclusiones, que se desprenden de la literalidad de los considerados ya señalados, la parte resolutiva del fallo es perentoria en orden a rechazar la demanda de la revista Punto Final.

Testimonios que respaldan la demanda de PF

La prueba rendida en autos es coherente con lo señalado. En efecto, el informe de la comisión especial de la Cámara de Diputados para investigar el avisaje estatal señala: “El convenio marco es un mecanismo de contratación adecuado para la adquisición de bienes equivalentes unos de otros como los lápices o las gomas de borrar pero tratándose de servicios tan complejos como la publicidad y promoción de políticas públicas, el convenio marco por su simplicidad propicia la discrecionalidad y eventuales arbitrariedades. Ello produce un deterioro en la transparencia y probidad que debe guiar el ejercicio de la función pública, puede atentar contra el pluralismo de los medios de comunicación social y eventualmente genera en forma indirecta la concentración en su propiedad”.

El libro de Walter Krohne, acompañado en autos, que también declaró como testigo en el juicio, es claro al sostener la existencia del monopolio comunicacional radicado en las empresas El Mercurio y Copesa y su directa relación con la libertad de opinión y la incidencia en lo que él llama un monopolio ideológico. Señala Krohne en su libro Las dos caras de la libertad de expresión en Chile (Edición Universidad Academia de Humanismo Cristiano, año 2005): “Los chilenos reciben hoy una sola visión de lo que sucede en el país y en el mundo, que es la que ofrece el monopolio ideológico de derecha integrado por los grupos Edwards y Copesa, que sólo en la Región Metropolitana domina el 87,89% de la circulación bruta de la prensa escrita diaria (la Concertación: 1,51 por ciento) y el 92,6 por ciento de los lectores de diarios (la Concertación figura con 0,87 por ciento). A estos grupos se agregan otros medios de derecha, como el Diario Financiero, Estrategia, Canal 13, Megavisión, Radio Agricultura, El Sur de Concepción y otros regionales. Este monopolio ideológico, formado por los grupos antes indicados, controla entre el 85 y el 95 por ciento de la circulación de los diarios del país -87,89 en la Región Metropolitana- (ver cuadro Nº 4)”. Como afirma el analista Genaro Arriagada, se trata de dos grupos (El Mercurio y Copesa) que “comparten una misma visión en variados aspectos: concuerdan con una valoración positiva de la dictadura, tienen un compromiso con la política de derecha, son adversarios de la Concertación, adhieren a una concepción neoliberal de la economía y a una cultura conservadora”.

Finalmente los testigos Faride Zerán, Juan Pablo Cárdenas, Abraham Santibáñez, Marco Enríquez-Ominami y Walter Krohne, todos legalmente examinados y contestes, fueron explícitos al señalar que existe una concentración del avisaje publicitario por parte de los órganos del Estado en las cadenas El Mercurio y Copesa y además la clara y directa incidencia que esto tiene y ha tenido en la libertad de opinión que se ve reflejado en lo que ellos denominan monopolio ideológico y la influencia que esto tiene para la democracia del país. Soslayar la relación entre el Decreto Ley Nº 211 y la Ley Nº 19.733 bajo el entendido que perdió vigencia por la derogación a contar del 12 de octubre de 2009, constituye una infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

Por tanto,

Ruego a SS.: tener por deducido recurso de reclamación en contra de la sentencia del 12 de noviembre último, acogerlo a tramitación para el conocimiento y fallo de la Excma. Corte Suprema, a fin que revoque lo resuelto y en definitiva acoja la demanda, con costas”.

23 de noviembre de 2009

“RECURSO DE AMPARO INADMISIBLE”



El 19 de Noviembre, el Sindicato de Reporteros Independientes ARI, interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que se ingresó con el rol 3479-2009, patrocinado por el abogado de la Asamblea Nacional de Derechos Humanos Rubén Jerez Atenas. Grande fue la sorpresa que nos llevamos cuando nuestro abogado nos informó que se había fallado INADMISIBLE el día 20, dejando entrever que se rechazó a una velocidad increíble! ¿Habrán alcanzado a leer el escrito siquiera? en fin, ante esto nuestro abogado apeló en Segunda Instancia a la Corte Suprema.

Esta situación nos recordó los días de la Dictadura de Augusto Pinochet Ugarte, cuando los Familiares de Detenidos Desaparecidos, recurrían a los Tribunales para interponer Recursos de Amparo a favor de sus familiares, que ciertamente no eran acogidos y la gente seguía desapareciendo. A pesar de esa triste experiencia, en esta pseudo democracia los integrantes de los tribunales llamados a impartir Justicia, no han sido capaces de pedir perdón por no haber acogido los Recursos de Amparo, ya que de haberlo hecho hubieran evitado tanto dolor a este Chile en blanco y negro de la época de la Dictadura.

El Sábado 22 de Noviembre pasado nos recordó esos oscuros días, porque tuvimos a uno de nuestros reporteros detenido. Le rompieron todo su material con las pruebas fotográficas que demostraban la brutalidad de Carabineros en las detenciones contra los que luchan por justicia Social, le rompieron su cámara, lo golpearon y le lastimaron sus manos y aun así la justicia se da el derecho de decir que el Recurso de Amparo no es admisible.

“¿Tendremos que tener a algún muerto o desaparecido, para que actúe la justicia? ojala que ¡No!, como dijo un ex Presidente “dejemos que los Tribunales Funcionen”, pero lo que no dijo fue que ojala sea para el lado del pueblo indefenso.

Si algunos de nuestros reporteros es agredido por los Organismos de Seguridad o lo que sea, de estos Gobiernos de la Concertación o del lado que sea, responsabilizaremos a la Corte de Apelaciones de Santiago por no escuchar ni acoger el Recurso de Amparo interpuesto por nuestro abogado.

¡LA OPINIÓN PUBLICA TIENE LA PALABRA!.

Lunes 23 de Noviembre de 2009.

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN INDEPENDIENTE ARI

GABRIEL SALAZAR GANA MILLONARIA DEMANDA LABORAL CONTRA EL ARCIS


PREMIO NACIONAL DE HISTORIA RECIBIRÁ MÁS DE $ 30 MILLONES Y EL PAGO DE COTIZACIONES Y FERIADOS IMPAGOS

Fuente: El Mostrador/ Jorge Molina Sanhueza

El destacado académico fue removido de su cargo en 2006, acusado de ser el instigador de la toma de esa universidad, la que terminó con la salida de la rectoría del ahora presidenciable Jorge Arrate. Todo, en el marco del proceso de reforma dirigido por el ex MIR Max Marambio -actual jefe político de ME-O-, en sociedad con el Partido Comunista. El salvataje de la universidad implicó un préstamo blando de 8 millones de dólares concedido por el gobierno de Hugo Chávez.

El académico Gabriel Salazar, quien recientemente fue merecedor del Premio Nacional de Historia, ganó una demanda laboral por "despido injustificado" en la Corte Suprema, en contra de la Universidad de Artes y Ciencias Sociales (Arcis), su empleador hasta 2006. La institución deberá pagarle por los años de servicio más de $ 30 millones, como también las cotizaciones previsionales y feriados legales, los que desde 1991 nunca le fueron cancelados.

Así lo establece el fallo de la Cuarta Sala del máximo tribunal,fechado el 29 de octubre pasado, y que publica íntegramente El Mostrador. En este, el máximo tribunal confirmó la resolución dictada por el Sexto Juzgado Laboral de Santiago y el tribunal de alzada capitalino.

Más allá de este triunfo judicial de Salazar, se esconde una de las polémicas intestinas que se vivieron al interior de Arcis en 2006 -y por extensión al interior del PC - cuando se produjo una toma de varias semanas por parte de un grupo de estudiantes, quienes se oponían a que el ahora presidencible Jorge Arrate siguiera en el cargo de rector de la casa de estudios. Eso en el marco de un proceso de reestructuración promovido por el actual jefe político del candidato Marco Enríquez, el ex MIR Max Marambio.

La toma dejaba en mal pie a la universidad. La credibilidad y continuidad del proyecto iban al descalabro, hasta que se impuso el criterio de Marambio y el de Juan Andrés Lagos, el hombre del PC en la institución. El abogado Carlos Margotta asumió como rector para ordenar la casa. Marambio, en tanto, desde la presidencia del directorio hizo distintas gestiones comerciales para inyectarle capitales nuevos a la casa de estudios . "Le perdimos el temor a ser políticamente incorrectos", aseguró en su oportunidad el ex mirista.

Pero los cambios siempre dejan muertos en el camino. Y uno de ellos fue el propio Salazar, quien aún no era premiado con el máximo galaradón nacional. El académico fue destituido de su cargo y, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente judicial, se le ofreció que siguiera haciendo clases, en vez de ser el decano de la Facultad de Humanidades, la que se fusionaría con la de Artes y Ciencias Sociales.

Pese a la crisis interna, los despidos de trabajadores y la toma, finalmente las manos de Marambio y Lagos lograron imponerse y en 2008 Arcis consiguió un millonario crédito del gobierno venezolano de Hugo Chavez, quedándose la sociedad Marambio-PC con el control de la institución.

El pato de la boda

Al momento de la toma de 2006, los directivos de Arcis culparon a Salazar de haber sido el artífice de las acciones estudiantiles, hecho que el académico siempre ha negado.

"Me convertí en el gran chivo expiatorio para la corporación y el directorio", declaró en junio de 2006 entrevistado por el diario La Nación.

En el expediente laboral es posible encontrar algunas de las razones esgrimidas por el Arcis para que la justicia rechazara "en todas sus partes" la demanda y que a Salazar se le condenara, incluso, a pagar las costas del juicio. Tampoco se le quería reconocer el tiempo trabajado, atendido a que no estaba suscrito al convenio colectivo, entre otros tecnicismos jurídicos que el juez (s) Victor Bergamin, desechó uno por uno en su resolución del 22 de julio de 2008, dándole la razón al académico, ya que Arcis no logró probar sus argumentos.

Lea el fallo de la Corte Suprema

Lea el fallo laboral de primera instancia

22 de noviembre de 2009

VINCULAN A ALFREDO OVALLE CON EX JEFE FINANCIERO DE LA DINA


Fuente: El Mostrador

Reportaje periodístico revela que ambos fueron socios en empresas nacionales y extranjeras. También lo relaciona al ex presidente de Panamá, Guillermo Endara, que constituyó varias empresas del organismo represivo de Pinochet en su país para financiar la Operación Cóndor.

Alfredo Ovalle, ex presidente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), habría tenido vínculos comerciales con quien fuera jefe financiero de la disuelta DINA, el ex oficial de la Armada Humberto Olavarría Aranguren.

Así lo revela un reportaje hecho por Ciper y firmado por la periodista Mónica González, la cual señala que ambos fueron socios en empresas nacionales y extranjeras.

La nota precisa que el tema fue consultado al empresario el pasado jueves 12 de noviembre, cuando Alfredo Ovalle recibió a CIPER en la sede de la entidad gremial, pero se negó a hablar sobre la investigación acerca de los fondos secretos de la DINA.

Además, la investigación lo vincula también a Guillermo Endara, ex presidente de Panamá (1990-1994) que constituyó múltiples empresas de la DINA en su país para financiar la Operación Cóndor.

El reportaje relata que “Olavarría se asoció en 1976 con los abogados Alfredo Ovalle Rodríguez y Raimundo Langlois Vicuña, con quienes participó en una red de numerosas sociedades, la mayor parte de ellas creadas mientras controlaba todo el aparato financiero de la DINA”.

El informe menciona que "en los múltiples perfiles y entrevistas que se publicaron sobre Ovalle nunca se mencionó su relación con el jefe del aparato financiero de la DINA", a lo que atribuye la periodista la reacción de sorpresa del empresario al ser requerido por el tema.

"Ovalle escuchó y rehusó hablar para esta investigación sobre los fondos secretos de la DINA. Siete días más tarde, anunció inesperadamente su renuncia a la presidencia del gremio minero", plantea la investigación, que vincula este trabajo con la salida anticipada de Ovalle desde la presidencia de Sonami.

21 de noviembre de 2009

REPRESALIAS EN RESPUESTA AL RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR ASOCIACION DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN INPENDIENTE


HOY FUE DETENIDO ARBITRARIAMENTE EN ARAUCO NUESTRO REPORTERO FELIPE DURAN, LE ROBARON SUS IMAGENES Y DESTRUYERON SUS MAQUINAS DE TRABAJO, LA PALABRA LA TIENE CARABINEROS Y EL MINISTERIO DEL INTERIOR.

LOS HECHOS:

YO FELIPE DURAN IBAÑEZ, RUT 15.201.651-4, REPORTERO GRAFICO PERTENECIENTE A LA AGRUPACION DE MEDIOS DE COMUNICACION INDEPENDIENTES ARI, SIENDO CERCA DE LAS 12 HORAS DE HOY SABADO 21, EN CIRCUSTANCIAS QUE ME DIRIGÍA A LA CASA DE MIS FAMILIARES EN LA REGION DE ARAUCO, ME ENCONTRE CON UN VIOLENTO ALLANAMIENTO DONDE FUERZAS ESPECIALES DE CARABINEROS ESTABA INGRESANDO A LAS CASAS DEL LUGAR.

AL VER QUE DICHOS FUNCIONARIOS ARREMETIAN VIOLENTAMENTE CONTRA SUS MORADORES, NIÑOS, MUJERES Y GENTE MAYOR, ME DISPUSE A FOTOGRAFIAR ESTA ACCION PARA DEJAR EVIDENCIA DE LOS HECHOS. SIN EMBARGO, LOS FUNCIONARIOS DE FUERZAS ESPECIALES AL PERCATARSE DE MIS INTENCIONES, SE ABALANZARON SOBRE MI, DESTRUYENDO MI MAQUINA FOTOGRAFICA Y DEJANDOME LESIONADAS MIS MANOS. FUI LLEVADO POR LA FUERZA A LA COMISARIA DE ARAUCO, DESDE DONDE POSTERIORMENTE FUI TRASLADADO A CONSTATAR LESIONES A UN RECINTO ASISTENCIAL, PARA SER TRAIDO DE REGRESO A DICHA COMISARIA.

ALLI ME ENTERE QUE SERIA TRASLADADO A CURANILAHUE, SIN RECIBIR NINGUNA INFORMACION DE CUALES SON LOS CARGOS EN MI CONTRA, DESPUES DE TRANSCURRIDAS CASI 4 HORAS DE MI DETENCION.

AVISE DE MI DETENCION ARBITRARIA AL PRESIDENTE DE MI AGRUPACION ARI JORGE ZÚÑIGA S.M., A QUIEN LE RELATE LOS HECHOS, PARA QUE POR INTERMEDIO DEL ABOGADO DE DERECHOS HUMANOS RUBEN JEREZ, SE INTERPONGAN LAS ACCIONES LEGALES QUE SEAN NECESARIAS PARA PROTEGER MI INTEGRIDAD FISICA.

A LAS 19:45 LOGRE RECUPERAR MI LIBERTAD SIN RECIBIR EXPLICACIONES DE LA AUTORIDAD POLICIAL, NI SER INFORMADO DE NINGUN CARGO. TAMPOCO ME ENTREGARON EL CERTIFICADO DE CONSTATACION DE LESIONES, A PESAR QUE RESULTE CON UN ESGUINCE EN MI DEDO Y OTRAS MAGULLADURAS EN MIS MANOS.

“MI MAQUINA FOTOGRAFICA CANNON XTI FUE DESTRUIDA POR QUIENES ME DETUVIERON Y TODAS LAS IMÁGENES QUE ALCANCE A CAPTAR DE LOS INCIDENTES FUERON BORRADAS DE MI TARJETA. TAMBIEN INUTILIZARON MI TELEFONO PARA EVITAR QUE TOMARA FOTOS CON ELLA”.

UNA VEZ MAS QUEDA DEMOSTRADO QUE EN EL SUR NO EXISTE EL ESTADO DE DERECHO LOS FINES DE SEMANA, PORQUE ESTOS HECHOS REPUDIABLES SUCEDEN CUANDO EL PODER JUDICIAL ESTA HACIENDO USO DE SU DESCANSO Y NO EXISTE UN FISCAL DE TURNO, QUEDANDO LOS HABITANTES DE ESTOS LUGARES A MERCED DE LA NUEVA LEY QUE IMPERA, LAS FUERZAS POLICIALES ENVIADAS Y RESPALDADAS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR EN REPRESENTACION DEL GOBIERNO.

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Medios de comunicación independientes
PRESENTAN RECURSO DE AMPARO ANTE LOS TRIBUNALES

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http://justicianadamasperonadamenos.blogspot.com/

20 de noviembre de 2009

JOVENES PROTESTAN CONTRA SOCIEDAD CARCELARIA FRENTE A TRIBUNALES





19 de noviembre de 2009

MEDIOS DE COMUNICACIONES INDEPENDIENTES PRESENTAN RECURSO DE AMPARO ANTE LOS TRIBUNALES

En el día de hoy, varios integrantes del Sindicato-Asociación de Reporteros Independientes, acompañados de su representante legal Rubén Jerez Atenas, abogado de la Asamblea Nacional por los Derechos Humanos, presentaron un recurso ante los Tribunales de Justicia, exigiendo amparo a la labor de los Reporteros Independientes y Trabajadores de Medios Alternativos y Comunitarios, frente a una reiterada conducta discriminadora, agresiva de parte de funcionarios de la Policía de Carabineros de Chile y otras autoridades.

El abogado de este sindicato Rubén Jerez Atenas, manifestó que este amparo tiene como objeto que el gobierno, especialmente la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), Carabineros y el Ministerio del Interior digan si es una política oficial reprimir a los reporteros independientes a los cuales les sacan sus imágenes que ellos obtienen, hay muchos civiles que no se identifican, además sufren mucha agresión y lo grave de esto es que muchos de estos reporteros son vigilados , son filmados y fotografiados por personas que no se saben quienes son, de tal suerte que creemos que aquí existe una política de amedrentamiento a la prensa independiente y en consecuencia creemos que tiene que ser respondida por el gobierno a fin de que se sepa por el mundo si en Chile existe o no un estado de derecho.




El Sindicato ARI busca dejar constancia e informar a la opinión pública de estas conductas lesivas a derechos consagrados constitucionalmente. En cada reportero independiente que es agredido, arrestado bajo acusaciones infundadas o que resulte con sus instrumentos de trabajo inutilizados o sus registros borrados por la acción de la policía, como les sucedió el 23 de octubre pasado a dos socios de nuestra organización, el estado chileno atenta contra la libertad de prensa y el derecho a la información consagrados en la carta fundamental.

Hoy en Chile, nuestro Sindicato y otras Redes de medios populares estamos empeñados en avanzar y fortalecer a este nuevo actor de las comunicaciones y exigir de las autoridades el respeto y las garantías necesarias para desarrollar sus labores.

MONTAJE

TRIBUNALES DE JUSTICIA SE PRESTAN PARA HOSTIGAMIENTO A REPORTERO INDEPENDIENTE

El pasado Miércoles 29 de Octubre, Jorge Zúñiga San Martín, Reportero Gráfico y Presidente del Sindicato de Medios de Comunicación Independientes, fue notificado de la sentencia de multa emitida por el 7º Juzgado de Garantía, tras una inexistente formalización de la Policía de Carabineros, por una supuesta agresión a un uniformado, la que se habría cometido el pasado 1º de Mayo, durante la tradicional manifestación del Día del Trabajo. Inexplicablemente, dicho recurso habría sido interpuesto casi un mes después, el 29 de mayo.

Este singular procedimiento judicial fue realizado de principio a fin (culminando en la mencionada sentencia) sin el conocimiento de Zúñiga y por consiguiente, sin que este fuese siquiera informado o citado a comparecer alguna vez, para enterarse de este proceso en su contra, mucho menos pudiera defenderse de esta extraña imputación. Los hechos dejan entrever que el Juzgado de Garantía violó los derechos del profesional, quien sólo se enteró de la sentencia a raíz de una notificación que fue entregada en el domicilio de un colega de ARI por dos civiles, en vez de entregársela donde realmente correspondía. A partir de ese momento, Zúñiga debió averiguar por sí mismo en el juzgado que se le había condenado a pagar una multa de 1 UTM, por “haber pateado a un uniformado y luego haberse dado a la fuga"; situación inverosímil que Jorge Zúñiga rechaza por completo.

El Sindicato ARI plantea su repudio más enérgico a la actuación del tribunal, que en los hechos se prestó a una maniobra inscrita dentro una política sistemática de agresiones, amenazas y arrestos en contra de reporteros gráficos y comunicadores independientes que lleva a cabo la policía de Carabineros. El profesional Jorge Zúñiga fue arrestado en 10 oportunidades el año 2008 y en lo que va del 2009 ha sido detenido 6 veces, todas ellas en momentos en que ejercía su labor de reportero gráfico y se encontraba identificado como tal, con sus credenciales y distintivos a la vista.

Llama la atención la diligencia de los tribunales para fallar causas, incluso de menor importancia como esta, cuando favorecen a los uniformados y en cambio la dilación, lindante con la impunidad, cuando se trata de juicios que afectan a personal policial incluso por la comisión de delitos graves, como es el haber herido gravemente al reportero gráfico Víctor Salas o asesinado por la espalda a comuneros mapuches.

Por estas irregularidades, los abogados resolvieron presentar requerimientos de amparo a favor de todos los reporteros independientes y en especial de Jorge Zúñiga, pues los hechos revelan a las claras que la policía está obsesionada en agredirlo y coartarle su derecho al trabajo.

Directiva del Sindicato ARI

17 de noviembre de 2009

JOVEN MAPUCHE HERIDO EN LA PIERNA FUE OPERADO Y SE LE IMPLANTÓ UN INJERTO



Satisfactoriamente se recupera el joven comunero Mapuche L.Q.P. (17), que fue herido con perdigones en una pierna durante un enfrentamiento en la Región de La Araucanía, en octubre pasado.

La gravedad de la zona afectada hizo que fuera intervenido quirúrgicamente y se le implantó un injerto.

El Instituto Traumatológico de Santiago, la operación tuvo lugar el pasado sábado, y hoy será evaluado por los facultativos con el objetivo de saber el nivel de progreso de la intervención.

El joven resultó herido por unos cien perdigones en su pierna izquierda en un incidente ocurrido el 20 de octubre en la Región de la Araucanía, y a fines de ese mes, junto a su madre, llegó en bus a Santiago, trasladándose al Instituto Traumatológico, donde fue sometido a un aseo quirúrgico, pero sufrió un paro cardio respiratorio, siendo trasladado a la Clínica de la Universidad Católica, y tras se recuperado, fue regresado al Traumatológico en calle San Martín.

L.Q.P. antes de la operación fue sometido a varios aseos quirúrgicos, hasta que el sábado los médicos, encabezados por cirujanos plásticos decidieron efectuar la operación en su pierna izquierda.

TRABAJADOR INTERRUMPE EXPOSICIÓN DE ENRÍQUEZ EN ENADE Y LE GRITA "TRAIDOR"


"Yo soy del pueblo" y "traidor" fueron algunas de las consignas que Héctor le gritó al presidenciable independiente.

El candidato presidencial independiente, Marco Enríquez-Ominami, llevaba poco más de seis minutos exponiendo ante el empresariado en la ANADE, cuando un hombre, quien se identificó como Héctor -cuando el diputado le preguntó su nombre- comenzó a gritar al abanderado.

"¡Yo soy del pueblo!", fue una de las consignas que se escucharon, además de acusar al diputado ex PS de traicionar a la Concertación.

Enríquez-Ominami debió hacer una pausa en su discurso para atender al hombre. "Héctor hace algo que me parece importante: romper un libreto nos hace bien a todos" y acogió sus reclamos diciendo que la gente tiene que llamar a paros y hacer huelgas para llamar la atención.

El Gope sacó al hombre de la sala de Casa Piedra, donde se lleva a cabo el encuentro, y se lo llevaron detenido.

DDHH: PROCESAN A EX DINA POR HOMICIDIOS DE MILITANTES DEL MIR


El ministro Alejandro Solís encausó al director del organismo Manuel Contreras por los crímenes de Ana María Puga y Alejandro de la Barra.

El ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago Alejandro Solís, dictó procesamientos contra la cúpula de la DINA por los homicidios calificados de los militantes del MIR, Ana María Puga y Alejandro de la Barra.

Los encausamientos recaen en el director de la DINA, general Manuel Contreras, el coronel Marcelo Moren Brito, el brigadier Miguel Krassnoff, el teniente coronel de Carabineros Ricardo Lawrence y el suboficial Eduardo Jaime Astorga

El 13 de diciembre de 1974, en horas de la tarde, mientras Ana María Puga, actriz y profesora y Alejandro de la Barra, cientista político, iban en su automóvil a retirar a su hijo de un año y cuatro meses de edad, al Jardín Infantil “Los Muñecos”, ubicado en calle Andacollo N° 1620 de la comuna de Providencia, fueron interceptados en el cruce de esa calle con Avenida Francisco Bilbao por un grupo de personas que se movilizaban en un automóvil, los que dispararon contra la pareja, muriendo ambos a consecuencia de los impactos.

Los cuerpos de Ana María Puga Rojas y Alejandro de la Barra Villarroel fueron llevados hasta “Villa Grimaldi” y después, sus restos trasladados hasta el Servicio Médico Legal, organismo que luego de practicar las autopsias respectivas, hizo entrega de ellos a sus familiares. Días antes de este hecho, personal de la DINA había concurrido al mencionado Jardín Infantil para hacer averiguaciones sobre el hijo de la pareja.

MADRE DE MATÍAS CATRILEO PIDE A CARABINEROS DAR DE BAJA A FUNCIONARIO PROCESADO



Mónica Quezada aseguró que su familia siempre tuvo la certeza que el comunero mapuche murió de un disparo por la espalda.

La madre del comunero mapuche Matías Catrileo, Mónica Quezada, aseguró que la familia del joven siempre tuvo la convicción de que éste murió de un disparo por la espalda, luego que así lo confirmara un informe del Servicio Médico Legal.

“Yo y la familia siempre estuvimos seguros que mi hijo había sido asesinado por la espalda. Por eso pedimos la diligencia al Servicio Médico Legal de Santiago, porque cuando nos entregaron el cuerpo, la médico se declaró inexperta, pero aún así nos mintió en la cara”.

Mónica Quezada cuestionó el hecho de que pese a la contundencia de los antecedentes en contra del Carabinero Walter Ramírez, éste no haya dado de baja por la institución.

“Yo como madre no me conformo con ninguna condena porque eso no devuelve la vida del Matías en el sentido físico. Es el colmo que Walter Ramírez ande tranquilo por la calle cuando cada vez hay más antecedentes que no debieran ser así. Por tanto yo encuentro que sería de rigor que Carabineros se haga responsable y lo den de baja”.

Más temprano, el subsecretario del Interior, Patricio Rosende, calificó como un “elemento importante” para la justicia militar, el informe del SML.

Si bien Rosende dijo hoy que como gobierno “nos parece que no es un hecho nuevo” agregó que “es bueno, por cierto que se vayan acotando y cerrando los elementos investigativos para que tengamos de una vez por todas fallo y sentencia en esta causa, y si hay responsabilidad que se aplique no sólo la sanción penal, sino que también la sanción administrativa que corresponda”.

El subsecretario del Interior manifestó que desconoce el contenido del informe del SML “pero me imagino que la investigación valorará este informe como corresponde, valorará las declaraciones del imputado y habrá que determinar el contexto en el que se produjeron estos hechos. Obviamente que es un elemento importante, me imagino, para la decisión del fiscal militar”.

El joven universitario mapuche murió en un incidente con Carabineros mientras participaba de un proceso de reivindicación de tierras en el fundo de Jorge Luchsinger, en la zona rural de Vilcún, Región de La Araucanía, el 3 de enero de 2008.

El abogado de la familia de Catrileo, Jaime Madariaga, explicó que la controversia estaba dada porque en la policía civil se concluía que el disparo percutado por el cabo Walter Ramírez ingresó por la espalda del comunero. Sin embargo, un informe preliminar del Servicio Médico Legal de Temuco, daba cuenta de un disparo que entró por el frente.

PROFESORES DEMUESTRAN SU DESEPCION

PROFESORES PROTAGONIZAN INCIDENTES EN LAS AFUERAS
DEL CONGRESO EN VALPARAÍSO

Manifestación ocurre en medio de la revisión del Senado del proyecto de ley de presupuesto 2010 para el Ministerio de Educación.

Incidentes menores son los que protagonizaron un grupo de profesores que intentó llegar hasta el frontis de la sede del Congreso, en Valparaíso. Los profesionales marchaban por la Avenida Pedro Montt.

Los docentes, según información preliminar, habrían intentado derribar las vallas papales ubicadas en el radio de la sede del legislativo.

El hecho motivó la inmediata reacción de los efectivos de carabineros apostados en el lugar. Hubo detenidos.

Los docentes fueron derivados hasta una unidad policial para su control de identidad y se espera que sean liberados durante la presente jornada.

Según cifras de dirigentes del magisterio, la convocatoria reúne a unos tres mil profesores que están a la espera del resultado de la votación del proyecto de ley de presupuesto 2010 para el Ministerio de Educación, que a esta hora es analizado en el Senado

La semana pasada, la partida presupuestaria fue rechazada en la Cámara en apoyo a la demanda de los profesores sobre la "deuda histórica", que el gobierno ha desconocido, y que tiene a los docentes en paro desde el 23 de octubre.


GRACIAS COMPAÑERAS POR VUESTRO EJEMPLO DE LUCHA








Hoy 17 de Noviembre después de 12 días de huelga de hambre, dos valientes profesoras se vieron obligadas a desistir del movimiento por motivos de salud. El prolongado ayuno de alimentos y la ingesta sólo de agua, las debilitó y deterioró su salud.

A pesar de su delicada condición, las Profesoras se oponían tenazmente a abandonar la huelga, pero el informe médico fue categórico: continuar en huelga implicaba un grave riesgo para ellas. Fueron despedidas por sus colegas que continúan en huelga, con gritos de apoyo por su recuperación, también los presentes entonaron la Canción Nacional, en una emotiva despedida llena de solidaridad y el anhelo de seguir luchando para que sus peticiones al Gobierno sean escuchadas y se reconozca y pague la “Deuda Histórica”.

Gracias compañeras Carmen Álvarez y Elizabeth Manosalva, vuestro sacrificio no será en vano.

16 de noviembre de 2009

REVISTA “PUNTO FINAL” APELARÁ A LA CORTE SUPREMA POR EL AVISAJE FISCAL

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) rechazó el 12 de noviembre la demanda de la revista Punto Final contra el Estado por la discriminación a que está sometida la prensa independiente en la distribución de la publicidad fiscal. No obstante, el director de la revista, Manuel Cabieses, anunció que apelará a la Corte Suprema para lo cual se dispone de un plazo de diez días.

Al respecto el abogado de Punto Final, Alberto Espinoza, declaró:

“Después de mas de dos meses, excediendo el plazo de 45 días establecidos por la ley, el tribunal económico rechazó la demanda interpuesta por Punto Final en contra del Estado de Chile por la concentración del avisaje del Estado en los dos grandes consorcios periodísticos, El Mercurio y Copesa (La Tercera). Este hecho sobrepasa el escenario de lo económico porque afecta también el derecho a la libertad de información y de expresión. El Mercurio y Copesa tienen el mismo perfil ideológico y representan los intereses valóricos, políticos y económicos de la derecha y de los sectores más conservadores, sostenedores ideológicos de la dictadura de Pinochet y del modelo político y económico heredado de la dictadura militar. El fallo del tribunal defensor del modelo económico, denominado por ley de Defensa de la Libre Competencia, soslayó la aplicación de la ley sobre libertad de opinión y de información. Sostiene que al momento de dictarse el fallo, esa ley estaba derogada, omitiendo todo pronunciamiento sobre los alcances que tiene la existencia del duopolio El Mercurio-Copesa en el ámbito ideológico y político. Se trata de un silencio revelador que reafirma la inexistencia en nuestro país de una verdadera y democrática libertad de información. Es un fallo con marcado acento tecnócrata-económico. Pero al mismo tiempo contradictorio, porque termina de un modo ecléctico e irresoluto. Por una parte rechaza la demanda de Punto Final pero por otra parte señala que “por esa razón, y para efectos de asegurar la libre competencia en la industria de los medios de comunicación escritos, este Tribunal estima que la inversión de publicidad estatal debe efectuarse bajo criterios transparentes, objetivos, no discriminatorios lo que se facilitaría si se realiza mediante procesos de adjudicación en los que se recabe la información necesaria para tomar decisiones técnicamente fundadas, transparentes y objetivas por parte de la autoridad.

Tenemos un plazo de 10 días para presentar un recurso de reclamación que conoce y falla la Corte Suprema”.

(Nota: la sentencia del TDLC puede consultarse en: http://www.tdlc.cl/Portal.Base/Web/VerContenido.aspx?ID=2153&GUID

PLANTAS DE NUEVA ALDEA Y HORCONES


Desalojo en empresas Arauco terminó con 8 heridos y 38 detenidos

En el lugar los trabajadores realizaron barricadas para impedir el ingreso, del fuerte contingente policial que llegó a desalojar el lugar.

Un saldo de 8 heridos y 38 personas detenidas dejaron violentos enfrentamientos ocurridos en Nueva Aldea, entre Carabineros y trabajadores de la empresa Arauco, quienes en horas de la mañana habían tomado siete plantas de la empresa, en demanda por mejoras salariales.

En el lugar los trabajadores pertenecientes a la Unión de Sindicatos Forestales (Usinfa), realizaron barricadas para impedir el ingreso, del fuerte contingente policial que llegó a desalojar el lugar. De los detenciones, 26 fueron en Nueva Aldea, mientras que los 12 restantes ocurrieron en Horcones.

Las dependencias afectadas fueron Cholguán, Horcones 1 y 2, Nueva Aldea, San José de la Mariquina, Colorado, Celulosa Constitución y Complejo Viñales.

La empresa Arauco señaló que las tomas son ilegales y que no hay posibilidades de negociación, ya que de acuerdo con lo estipulado en el plan de trabajo firmado el 5 de octubre, el tema salarial se debe conversar con los contratistas.

También destacaron que el sueldo mínimo que ellos le exigen a éstas es de de 260 mil pesos, que es un 60% por sobre el mínimo legal.

SML CONFIRMA QUE COMUNERO MATÍAS CATRILEO FALLECIÓ DE UN DISPARO POR LA ESPALDA



Documento inhabilitaría la versión de legítima defensa expuesta por el cabo II Walter Ramírez.

Un informe final del Servicio Médico Legal de Santiago, puso fin a las discrepancias entre informes de Investigaciones y profesionales forenses de Temuco, al concluir que el proyectil que mató al comunero mapuche, Matías Catrileo Quezada, ingresó por la espalda; lo que dará pie a la defensa de la víctima para pedir el máximo de la pena para el carabinero que aparece como responsable del disparo.

El joven universitario mapuche murió en un incidente con Carabineros mientras participaba de un proceso de reivindicación de tierras en el fundo de Jorge Luchsinger, en la zona rural de Vilcún, Región de La Araucanía, el 3 de enero de 2008.

La información respecto del informe de autopsia fue confirmada por el abogado de la familia de Catrileo, Jaime Madariaga, quien explicó que la controversia estaba dada porque en la policía civil se concluía que el disparo percutado por Walter Ramírez ingresó por la espalda del comunero. Sin embargo, un informe preliminar del Servicio Médico Legal de Temuco, daba cuenta de un disparo que entró por el frente.

Tras el sometimiento a proceso del uniformado por parte del fiscal militar de Temuco, José Pinto, la parte defensora del joven pidió exámenes más exactos y pro profesionales especialistas en peritajes tanatológicos. Fue así como se llegó a la evaluación en Santiago, donde la conclusión arroja que “es opinión de estos peritos que el orificio de entrada del proyectil sería el que está en la parte posterior del tronco”.

Los análisis fueron hechos por un equipo multidisciplinario constituido por "los peritos del Departamento de Tanatología, de Laboratorios y de la doctora Miriam Gallo, especialista en medicina legal y tanatología", los que concluyeron teniendo a la vista otros exámenes y 6 peritajes, incluyendo fotografías.

Madariaga dijo que la defensa esperará que culmine la etapa de plenario (período de pruebas), para evaluar las acciones a seguir, y que si bien es materia de la Corte Marcial resolver la pena a asignar al delito por el que se acusa al carabinero, el cual es el de violencia innecesaria con resultado de muerte, planean hacerse parte en la instancia en que pueden sugerir la condena de 15 años de presidio.

MANIFESTACIÓN DE PROFESORES TERMINA CON SEIS DETENIDOS FRENTE A LA MONEDA

LA MANIFESTACION

LA REPRESION







Los incidentes comenzaron cuando el timonel del Magisterio llegó al Palacio de Gobierno para ser recibidos por la vocera de Palacio.

Con seis detenidos, cinco mujeres y un hombre, terminó una manifestación de los profesores frente al Palacio de La Moneda para buscar una solución al pago de la llamada "deuda histórica" que los mantiene en paro desde hace 24 días.

Los docentes, portando pancartas, se acercaron hasta el acceso principal de la sede, pero fueron interceptados por funcionarios de Fuerzas Especiales de Carabineros.

Hubo forcejeos y cierta resistencia de los participantes, que finalmente fueron arrestados por desórdenes en la vía pública.

Todo ocurrió cuando hasta La Moneda llegó Jaime Gajardo, presidente del Colegio de Profesores, con la finalidad de recibir la respuesta a una solicitud de reunión con la ministra secretaria general de Gobierno, Carolina Tohá.