FALLO INAPELABLE DE CORTE SUPREMA

Municipio de Santiago gana la "guerra" a los músicos callejeros Dictamen 5 a 0 les impedirá tocar y actuar en principales paseos del centro.
La Corte Suprema, en un fallo inapelable de 5 votos a 0, consideró ilegal la ocupación de un bien nacional de uso público, como el espacio céntrico de la ciudad, por parte de grupos de artistas y músicos callejeros, ámbito que está sujeto a la administración municipal. Ello significa ahora, en derecho, que se impone la tesis de la Municipalidad de Santiago de prohibir la presencia de tales grupos en los paseos Huérfanos, Estado, Ahumada, entre otros, por afectar el libre tránsito de los transeúntes, facilitar la acción delictual, así como alterar la tranquilidad para el desempeño de las funciones laborales, oficinas y del comercio establecido de miles de personas en el centro de la capital. Ello por el repertorio musical estridente y trillado por horas, aunque fuesen interpretaciones de Inti-Illimani, Los Jaivas, Quilapayún, Illapu, Violeta Parra, Patricio Manns y otros. El dictamen fue emitido el jueves último por la unanimidad de los magistrados de una sala del tribunal supremo, el que revocó una sentencia de la Corte de Apelaciones que favoreció en un fallo preliminar a la Agrupación de Artistas Itinerantes y Variedades de Santiago, que interpuso un recurso de protección contra el municipio por no permitirles su actividad. Uno de los más contentos con el veredicto es el alcalde de Santiago, Raúl Alcaíno, quien recordó que una orden de no innovar significó que estos grupos pudiesen tocar gran parte del día, con equipos electrónicos, generadores portátiles y altoparlantes que implicaba ruidos molestos. "Es un paso más en nuestro esfuerzo de recuperar el centro para los vecinos y la gente de trabajo".
CARABINEROS: NOTIFICÓ AYER A LOS MÚSICOS DE LA SENTENCIA.