COMISIÓN CHILENA DE DERECHOS HUMANOS
Departamento Jurídico
EN LO PRINCIPAL: QUERELLA CRIMINAL POR LOS DELITOS DE VIOLACIÓN DE MENORES Y TRÁFICO DE DROGAS COMETIDOS POR SOLDADOS NORTEAMERICANOS DE LA OPERACIÓN UNITAS; Y SOLICITA DESIGNACIÓN DE MINISTRO DE LA EXCELENTÍSIMA CORTE SUPREMA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 52 Nº 2 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES.
PRIMER OTROSÍ: DILIGENCIAS.
SEGUNDO OTROSÍ: SE TENGA PRESENTE.
EXCELENTÍSIMA CORTE SUPREMA
PLENO
Gonzalo Taborga Molina, abogado, Presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos ; y Rubén Jerez Atenas, abogado, del Departamento Jurídico, de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, ambos con domicilio, en calle Huérfanos # 1044, oficina 62, Santiago, a SS. EXCMA. Respetuosamente decimos:
Que, de conformidad con los artículos 19, Nº 3, de la Constitución; y 52, Nº 2, del Código Orgánico de Tribunales, venimos en interponer querella criminal por los delitos de violación de menores y tráfico de drogas, cometidas por soldados norteamericanos de la operación UNITAS, con el encubrimiento explícito de la Armada de Chile y de su unidad de inteligencia, denominada ANCLA 2, según pasamos a explicar.
Esta grave denuncia, se funda en hechos que mancillan la dignidad nacional, y que tienen el carácter público y notorio, a partir de las publicaciones, en titulares y editorial, efectuadas por el diario, “El Mercurio de Valparaíso”, los días 10 y 13 de abril de 2007. En este medio, se señalaba que menores, de condición pobre y vulnerable, eran acarreadas en buses, en el puerto de Valparaíso, para ser abusadas sexualmente por marinos de la operación UNITAS, del años 2006. Todo lo anterior, junto al correspondiente tráfico de drogas. Estos antecedentes, se recogieron en investigaciones realizadas por la Escuela de Trabajo Social, de la Universidad Católica de Valparaíso y por el centro de atención a menores, ANTÚ.
La Cancillería chilena, nunca interpuso una protesta formal, al gobierno norteamericano, por estos hechos.
Esta situación, fue reiterada, en agosto del 2009, cuando fue sorprendido, en Valparaíso, el marine norteamericano, Lester Santiago Gálvez, del "USS Makin Island", con una menor, en el Hotel Kenny, regentado por Edith del Carmen Araya Mondaca. Este soldado, fue visitado y asesorado por funcionarios de la Armada de Chile y de la Embajada Norteamericana. En este caso, la Armada de Chile se preocupó más de salvaguardar la pedófilo que de proteger a la menor, víctima del delito.
Estos graves delitos, principalmente los cometidos el año 2006, han sido encubiertos por la Fiscalía Nacional, el Consejo de Defensa del Estado, la Cancillería de Chile, el SERNAN, el SENAME y la Armada de Chile, instituciones que, teniendo conocimiento, no han realizado, hasta la fecha, denuncia alguna que permita perseguir la responsabilidad de soldados extranjeros que violaban menores en territorio chileno. El caso del soldado norteamericano, Lester Santiago, es el más elocuente. Este individuo, fue liberado, permitiendo su impunidad y escape a Estados Unidos, a instancias del Fiscal Pablo Gómez – actual Fiscal Regional- de la Fiscalía de Valparaíso, quien sólo pidió, para este pedófilo, la suspensión del procedimiento.
La presente acción, se sostiene en los documentos acompañados al recurso de amparo, acogido por esta EXCMA. CORTE SUPREMA, con el rol de ingreso Nº 2005 – 2009, interpuesto por el abogado Rubén Jerez Atenas, en favor de la entonces menor Sabina Bustos Delgado, secuestrada y torturada, por la Policía de Investigaciones de Chile, con el objeto de evitar se conociera la red de tráfico de drogas, pedofilia y corrupción, al interior del Estado, y que fuera denunciada por el subcomisario de Investigaciones, don Héctor Guzmán Godoy, al programa “Contacto”, de canal 13, emitido el año 2009 y denominado “ Los ángeles del Charly”.
Pareciera ser que la defensa de la soberanía nacional, por parte de nuestras Fuerzas Armadas y de Orden, especialmente la Armada de Chile, no incluye la protección de la integridad sexual de menores pobres, abusadas por soldados extranjeros en el Puerto de Valparaíso.
No es la primera vez que la Armada, en connivencia con fuerzas extranjeras - como las UNITAS, atenta en contra de los intereses nacionales. Basta recordar el golpe de Estado de 1973, que no sólo dio inicio a una matanza organizada de compatriotas sino que materializó una de las mayores traiciones a nuestra soberanía económica: la entrega, a la rapiña de las transnacionales, de nuestras riquezas básicas nacionalizadas.
Tampoco sorprende la intervención impune de soldados norteamericanos en crímenes al interior del territorio nacional. Ejemplo de lo anterior, fue la entrega de armas y dólares, a connotados generales del Ejército, por parte de la estación militar de la embajada norteamericana en Chile, destinados al secuestro y asesinato del Comandante en Jefe del Ejército de Chile, Sr. René Schneider Chereau, ocurrido el año 1970, con el explícito propósito de producir un golpe de Estado y evitar la asunción constitucional, al poder, del presidente Salvador Allende G.
Como los abusadores sexuales de menores, y traficantes de drogas, provienen de fuerzas armadas extranjeras, que ingresan al país en mérito de un tratado internacional, conocido como TIAR, es que esta denuncia debiera al menos, en defensa de nuestra ultrajada dignidad nacional, afectar las relaciones internacionales con Estados Unidos. En este contexto, resulta paradójico que el Estado de Chile permita el ingreso de pedófilos, y traficantes de drogas, en virtud de un Tratado Internacional de Asistencia Recíproca.
Es por lo anterior, que corresponde la investigación de este caso a un Ministro de la Excma. Corte Suprema, de conformidad con el tenor literal del artículo 52, Nº 2, del Código Orgánico de Tribunales.
POR TANTO, SÍRVASE SS. EXCMA. Tener por presentada querella, en los términos antes mencionados, designando un Ministro de vuestro Tribunal, para la tramitación y fallo de la presente acción, a fin se investiguen y sancionen a los autores, cómplices, y encubridores, de los graves atentados sexuales y tráfico de drogas, realizados, en territorio nacional, por pedófilos de la OPERACIÓN UNITAS, en perjuicio de menores vulnerables y permanentemente discriminadas, por el Estado de Chile, por su sola condición social.
PRIMER OTROSÍ: SÍRVASE SS EXCMA. Decretar las siguientes diligencias:
1º Se traigan a la vista, dejando copia, las causas por amparo, ante la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso, Rol: 110 -2009; y ante la Excma. Corte Suprema, Rol: 2005 -2009.
2º Se oficie, al diario “El Mercurio de Valparaíso”, para que remita todos los antecedentes que se investigaron y publicaron, en el mes de abril de 2007, y que se relacionan con el tenor de esta querella.
3º Se oficie, a la Armada de Chile, para que informe de las investigaciones administrativas iniciadas a partir de los hechos descritos en esta acción; y de la participación de dicha institución en la Operación UNITAS, del año 2006; y en la liberación del soldado norteamericano, Lester Santiago Gálvez , el año 2009.
4º Se oficie, a la Fiscalía Nacional, para que remita los antecedentes que constan en su poder o en la Fiscalía de Valparaíso y que digan relación con los hechos descritos en este libelo.
5º Se remitan oficios, a la Cancillería, al SERNAM, SENAME y Policía de Investigaciones, para que remitan los antecedentes que consten en su poder, y que digan referencia con esta querella.
6º Se decrete orden de investigar a la Policía en la que SS. Excma. tenga mayor confianza.
POR TANTO, SÍRVASE SS. EXCMA. Acceder a las diligencias antes indicadas.
SEGUNDO OTROSÍ: SÍRVASE SS. EXCMA. Tener presente que, en nuestra calidad de abogados, nos representaremos personalmente, conjunta o separadamente, en la tramitación de esta querella.
Con copia a:
SR. PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SR.MINISTRO DEL INTERIOR
SR. MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
CANCILLERÍA DE CHILE
EMBAJADAS Y REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS CON ASIENTO EN CHILE
ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE