CASO: HUGO MARCHANT COMUNICADO PUBLICO

La Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo, CODEPU informa por este medio que Hugo Marchant Moya, ciudadano chileno, que cumple pena de extrañamiento en Finlandia, con esta fecha ha regresado a su patria:

1. Hugo Marchant Moya, ex Mirista fue detenido el año 1983 bajo la dictadura militar, permaneciendo 9 años en prisión hasta 1992, fecha en la cual bajo el gobierno de P. Aylwin A., se le conmutó la pena de prisión perpetua por la de extrañamiento.

2. Durante los años de prisión política Hugo Marchant M., detenido por la Central Nacional de Informaciones, CNI, fue objeto de tortura física, psicológica, biológica y otros vejámenes que pusieron en riesgo su vida en numerosas ocasiones. Luego, de un largo proceso, fue, condenado por diversos actos, calificados de acuerdo a la ley antiterrorista Nº 18.314, a la pena de presidio perpetuo.

3. Después de 19 años de extrañamiento, Hugo Marchant Moya se encuentra amenazado y privado del derecho a la libertad personal al no permitírsele, como nacional del Estado de Chile, el reingreso al territorio patrio desde el extranjero. Al llegar los años noventa, como salida política para quienes se encontraban cumpliendo prisión por hechos ocurridos en la dictadura, vía indulto particular, se le conmutó las sanciones impuestas por la pena de extrañamiento. En aquel momento, tal mecanismo posibilitó la libertad de un grupo de chilenos especialmente golpeados por la represión política. El Presidente de la República, Sr. P. Aylwin A., indultó, previa reforma del artículo 9º de la Constitución, obtenida a través de la ley Nº 19.055. Tal ley permitió el indulto presidencial respecto de hechos calificados como terroristas cometidos antes del 11 de marzo de 1990. Con la autorización entregada, por el Presidente de la República procedió a dictar el Decreto de Indulto Presidencial Nº 1385, fechado 13/10/ 92, en que se conmutó el presidio perpetuo por la pena de 20 años de extrañamiento.

4. La pena del extrañamiento a que ha sido sometido Hugo Marchant Moya y otros connacionales, resulta muy difícil de sobrellevar para una persona que desea profundamente vivir en Chile.

Exigimos al Estado de Chile, cumplir la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) que prescribe en su artículo 22 Nº 5 que "Nadie puede ser expulsado del territorio del Estado del cual es nacional, ni ser privado del derecho a ingresar en el mismo".

Exigimos cumplir el pronunciamiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos al disponer en su artículo 12 Nº 4 que "Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país".

Ambos tratados internacionales se encontraban vigentes al momento de decretarse la pena de extrañamiento tal como lo siguen estando hasta esta fecha, en que se niega el derecho de ingreso al país.

Solicitamos al Estado de Chile, admitir el ingreso al país de Hugo Marchant Moya para que de esa forma, se pueda restablecer sus derechos.

Santiago 30 de Noviembre de 2011

DETIENEN A EX MIRISTA A SU LLEGADA A CHILE