Por Paulina Acevedo*
De manera unánime, por 21 votos a favor, el pasado martes 3 de noviembre el Senado aprobó en lo general el proyecto de ley que crea los servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, estableciéndose plazo hasta el lunes 14 de diciembre para la presentación de indicaciones.
La iniciativa ha sido presentada como un paso trascendental en la democratización del espectro radial y en el reconocimiento a la labor "social" que cumplen estas emisoras hoy llamadas "de corte alcance"; al aumentar su potencia de transmisión de
Sin embargo el proyecto, lejos de representar un estímulo al desarrollo de este tipo de medios y de reconocerles como titulares de derecho, específicamente del derecho fundamental a la libertad de emitir opinión e información y a satisfacer el derecho a la información que tenemos tod@s l@s ciudadan@s, les restringe a una mínima expresión del espectro radioeléctrico (menos del 5% del dial, desde el 105.9 al 107.9 de la frecuencia modulada), a diferencia de lo que contemplan leyes ya aprobadas y distintos proyectos que se discuten en América Latina sobre esta materia, los que consideran al menos un tercio del espacio disponible para estas radioemisoras con el propósito de garantizar una pluralidad informativa y diversidad de voces. Por ende no es cierto que este proyecto favorezca la democratización del espectro radioeléctrico, que corresponde, se debe recalcar, a un bien de uso público.
Según datos
El proyecto aumenta también los requisitos solicitados para postular a una licencia de este tipo, pues a los trámites exigidos hoy en el artículo
Al respecto, cabe recordar que en el apartado sobre radiodifusión del informe anual de
Los postulantes deberán contar además con una certificación de su condición de "radio comunitaria ciudadana" otorgada por
Tampoco se permitirá a las radios concesionadas, como se ha asegurado, contar con "publicidad" como una forma de financiamiento independiente de los fondos, siempre precarios, previstos por el Estado. Ya que solo podrán hacer transmisión de "menciones radiales" (en el marco de programas), que además deben corresponder a avisadores de las localidades comprendidas en la licencia otorgada, estableciéndose severas sanciones e incluso la caducidad de la concesión en caso de acceder a la publicidad que hoy financia el funcionamiento de las distintas radios comerciales. No existe entonces un acceso igualitario a la torta publicitaria, que defendida con uñas y dientes por los representantes de
El proyecto les prohíbe además "formar parte de cadenas entre ellos... salvo en casos de alto interés público, emergencia o calamidad", lo cual atenta contra el espíritu colaborativo y el libre intercambio de información que marcan su quehacer; en contraste con la total ausencia de regulación existente para los monopolios que hoy imperan en la radiodifusión comercial, homogenizando contenidos e invisibilizado las demandas de vastos sectores de la población.
Finalmente, es del todo incomprensible y denunciable el doble estándar del Estado en este aún insuficiente reconocimiento a las radios comunitarias, pues mientras dos de sus poderes -el parlamento, y el ejecutivo imprimiendo urgencia- avanzan en legislar sobre la materia, los tribunales de justicia se hacen eco de las denuncias que realizan terceros -no sabemos con qué intereses particulares- contra aquellas radioemisoras que no han podido acceder a una licencia para transmitir. invocándose para ello el artículo 36 b de
La salida "alternativa" que la nueva justicia penal oral y reformada ofrece a estos conflictos, es la suspensión por un año del procedimiento si el medio denunciado deja de transmitir. A pesar de la inconveniencia que representa para la democracia misma y para libertad de expresión la penalización de la transmisión en estas condiciones, como lo ha afirmado
Una verdadera democracia, debe eliminar toda posibilidad de exclusión o censura (la ausencia de pluralismo, es una de estas formas), otorgando preocupación prioritaria y preferente a la protección de los sectores excluidos, a las minorías, a los pueblos indígenas, en definitiva, a quienes tienen menos recursos y posibilidad de hacer escuchar su voz. Ese es el espíritu que debe alentar a esta ley, para que realmente asistamos a una democratización de las comunicaciones.
*Paulina Acevedo periodista, comunicadora en Derechos Humanos.