ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE

DECLARACION PUBLICA

Considerando Que: Es un hecho incuestionable que Chile ha devenido en un país receptor de trabajadores inmigrantes, principalmente de países vecinos, y que pese a ello, no existe una legislación y política migratoria que sea concordante con los desafíos que impone esa realidad;

Considerando Que: Son valores y principios fundamentales de Chile y de su pueblo, durante toda su historia, el de ser generosos con los hermanos extranjeros, sin distinciones y odiosidades ajenas de los reales sentimientos de solidaridad entre nuestros pueblos, siendo que es nuestro deber el fomentar y defender tales valores, los mismos que imponen a su vez el reconocimiento pleno de los derechos de todos los trabajadores sin distinción alguna.

Considerando Que: El desarrollo de la humanidad y en lo específico de todos los pueblos, entre ellos Chile, siempre se ha enriquecido con el aporte de los trabajadores inmigrantes extranjeros y a ello hay que reconocer el público compromiso que han asumido los inmigrantes en ser parte de nuestro país;

Considerando Que: Resulta imperioso conjurar que se sigan cometiendo abusos y violaciones a los elementales derechos de los inmigrantes, ello sin perjuicio de la persecución y castigo a las agresiones ya concretadas;

Considerando Que: Tales violaciones y ataques a los derechos de los inmigrantes no sólo han sido producidos por particulares, sino que institucionalmente se han concretado, dichos problemas de institucionalidad suponen que los inmigrantes no puedan contar con mecanismos adecuados y realistas que les faciliten su residencia en el país;

Considerando Que: La irregularidad migratoria es un mal en si misma, no sólo porque da cabida a las violaciones de dichos derechos, sino porque a la vez no es conveniente para el país dado que se promueve el trabajo informal, se atenta contra los aportes que corresponden por salud y pensiones de tales trabajadores, se generan diferenciaciones de trato respecto a los trabajadores nacionales, se agravan y provocan múltiples problemas sociales;

Considerando Que: Si bien en el año 2007 ocurrió un procedimiento extraordinario de regularización migratoria, este no supo atender a cabalidad la complejidad de las situaciones señaladas, dado que no se contemplaron múltiples casos, que si bien eran urgentes de atender, se dejaron de lado, ello en particular por la soberbia del diseño en escritorio, al margen de la participación de los inmigrantes y pese a que estos hicieron sugerencias oportunas y pertinentes que nunca fueron atendidas;

Considerando Que: En particular, a raíz de los últimos acontecimientos, principalmente después de la tragedia del 27 de Febrero del 2010, es conveniente contar con el apoyo de nuestros hermanos inmigrantes en la reconstrucción de nuestro país;

Creemos que es posible, y Necesario que se INICIE UN NUEVO PROCEMIENTO EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACIÓN MIGRATORIA, que diseñado y llevado adelante con el apoyo de la ciudadanía y muy especialmente de los trabajadores inmigrantes, afronte las situaciones planteadas.

Proponemos, sin perjuicio de la solicitud de dicho Procedimiento Extraordinario de Regularización Migratoria “Amnistía Migratoria Sin Restricciones”, que en lo inmediato se tomen las siguientes medidas:

1. Flexibilización general de todos los trámites migratorios, mediante procedimientos simplificados y partiendo de principios como considerar las declaraciones de los usuarios como ciertas, en aplicación del principio de buena fe administrativa. En lo específico, tomar como ciertas las declaraciones de los usuarios sin mayor formalidad, ello sin perjuicio de que con posterioridad sean verificadas antes de concluir todo trámite.

2. Exoneración o rebaja de las sanciones pecuniarias.

3. Limitación o eliminación de los casos en los cuales se apliquen otro tipo de sanciones o medidas.

4. Condonación de sanciones de expulsión o de abandono del país.

5. Facilitar el ingreso y salida del país para los casos de reunificación familiar.

6. Implementar procedimientos abreviados de otorgamiento de visas para menores de edad, por ejemplo regulando la implementación del convenio que tiene el Ministerio del Interior con el Ministerio de Salud. La sola presentación de la solicitud de residencia para menores de edad debe dar lugar a su otorgamiento sin trámite posterior y debe realizarse en un procedimiento presencial.

7. Aplicación simplificada, presencial y sin sanción previa o trámite posterior del otorgamiento de visa a las mujeres por embarazo.

LLAMAMOS A TODOS A PARTICIPAR DE LA MARCHA A LA MONEDA EL 7 DE MAYO A LAS 11:00 HORAS DESDE CATEDRAL CON PUENTE

ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE