CORTE DE APELACIONES DE VALPARAÍSO
Eduardo Morris Barrios y Rubén Jerez Atenas, coordinador y abogado, respectivamente de la Asamblea de Derechos Humanos de Valparaíso, con domicilio en calle Aguada 762, Valparaíso, a SS. I. respetuosamente decimos:
Que, en conformidad con el artículo 21, de la Constitución, venimos en interponer recurso de amparo preventivo, en favor de los miembros, que más abajo individualizamos, de la comunidad RAPA NUI – de Isla de Pascua, quienes ven amenazada su libertad personal y seguridad individual, por parte de personal de Carabineros e Investigaciones de Chile, de dicho lugar, quienes los han amenazado de detenerlos si siguen promoviendo la defensa de sus derechos ancestrales sobre el territorio de la Isla.
De conformidad con los antecedentes aportados por la Sra. Marisol Hito, RUN 10.076.003 – 7 , domiciliada en Avenida Pont , S/N , Isla de Pascua, funcionarios policiales de Carabineros, no identificados, quienes procederían sin placa,- en abierta infracción de los artículos 17 , letra b) , de la Ley N1 19.880 ; y 22 , N° 6 , letra h) , del Reglamento N° 11 , de Disciplina de Carabineros de Chile- ingresarían, como forma de amedrentamiento, a sus hogares , privando de libertad a los niños: Magdalena Tuki , de 8 meses : Alberto Tuki , 12 años ; Eduardo Hito , 14 años ; Moiko Hito,9 años; Vahine Tuki, 9 años; Kio Tuki, 5 años; I´etu Tuki, 8 años ; Hahave Tuki, 2 años ; Marari Tuki , 2 años; Hitira’a Tuki , 10 años; Nehe – Nehe Pakomio, 10 años; Matanji Ramirez Hito , 10 años; Maeha Ramírez Hito, 3 años; Toki Huke Atan, 15 años; Haukena Pakomio, 12 años; Marari Atan, 4 años; Diana Pont,14 años; y Felipe Pont, 6 años.
Estas amenazas, de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, se harían efectivas la madrugada del día jueves 30 de Septiembre de 2010, con la misma violencia empleada, contra menores, el día 7 de septiembre, de este año, en el desalojo del terreno en donde se ubica el Hotel Hanga Roa, propiedad de la familia Hito. Este inmueble, fue usurpado, ilegítimamente, por el Estado chileno y traspasado, mediante la intervención de CORFO, de manera irregular a grupos empresariales.
La Sra. Marisol Hito, suscribe con su firma este escrito a fin de prestar su conformidad con el mismo.
POR TANTO,
Y en mérito del artículo 21, de la Constitución,SÍRVASE SS. ILUSTRÍSIMA, tener por interpuesto recurso de amparo preventivo, en favor de los niños antes mencionados, y de la propia Sra. Marisol Hito, a fin se prevenga un atentado, en contra de su libertad personal y seguridad individual, por parte de funcionarios policiales de Investigaciones y de Carabineros de Chile, especialmente de las unidades de Fuerzas Especiales , encargadas de asumir la represión en contra de las justificadas reclamaciones, formuladas por los habitantes de Isla de Pascua, en el proceso de recuperación de sus tierras ancestrales.