CONDENA A LOS SINDICATOS PATRONALES DE LÍDER

Fuente: Negación de la Negación

La legislación recién viene a sancionar algo que era sabido por todos. Los beneficios otorgados por Líder (Wal-Mart) al Sindicato Interempresas constituyen prácticas antisindicales puesto que benefician a este sindicato amarillo, patronal y vende obrero. Difundimos esta declaración para dar a conocer las prácticas que impiden el accionar de un sindicalismo de clase y combativo en nuestro país.

¡MONOPOLIO SINDICAL EN SUPERMERCADOS LIDER!

Juzgado del Trabajo sanciona a Comercial D&S por otorgar un “tratamiento preferencial” al Sindicato Interempresas “a fin de controlar la actividad sindical en su beneficio” Compañeros, Por fin la justicia comienza a sancionar la colusión existente entre Wal-Mart (ex D&S) y su sindicato Interempresas para mantener a raya o eliminar a los demás sindicatos: el 2º Juzgado del Trabajo de San Miguel (Rol Nº 154-2009) acaba de condenar a Comercial D&S S.A. y dos de sus filiales como autoras de prácticas antisindicales por otorgar a dicho sindicato un “tratamiento preferencial” destinado a controlar la actividad sindical en su beneficio y promover un verdadero “monopolio sindical”, obligándolas a permitir la libre actividad sindical de los demás sindicatos en las dependencias de la compañía (Ej. Reuniones) y prohibiéndoles ejecutar “toda acción tendiente a menoscabar la actividad sindical”.

EL RAZONAMIENTO DEL TRIBUNAL FUE EL SIGUIENTE:

DECIMO NOVENO: Que de la numerosa prueba mencionada, consistente y armónica es suficiente a juicio de este tribunal para tener por acreditado que la empresa D&S incurrió en conductas constitutivas de prácticas antisindicales consistentes en la obstrucción de la actividad sindical propia de los otros sindicatos, impidiéndoles o dificultando el acceso y la celebración de reuniones, y (en) actos de injerencia, en la medida en que dio un tratamiento preferencial al sindicato Interempresas denunciado a fin de controlar la actividad sindical en su beneficio, por lo cual deberá acogerse la denuncia en este sentido y condenarse a la demandada a que cese de favorecer con sus conductas a la organización sindical denunciada y de promover con ello, el monopolio sindical, así como también, será condenada al pago de la multa establecida en el artículo 292 del Código del Trabajo.

Y EN SU PARTE RESOLUTIVA, EL TRIBUNAL DECLARÓ:

Que se acoge la denuncia en cuanto se declara que las denunciadas Supermercado Santa Rosa Limitada, representada legamente por don Claudio Hidalgo Zapata; Comercial D&S S.A., representada legalmente por don Silvio Rostagno Hayes y Administradora de Concesiones Comerciales de Supermercados S.A., representada legalmente por don Silvio Rostagno Hayes, han incurrido en conductas constitutivas de prácticas antisindicales, debiendo cesar las mismas, permitiendo realizar libremente su acción sindical a otros sindicatos, accediendo a las dependencias de las mismas y celebrando las reuniones respectivas respecto de todos los sindicatos de las empresas denunciadas, debiendo abstenerse de ejecutar a futuro toda acción tendiente a menoscabar la actividad sindical…”.

La sentencia es clara: Wal-Mart debe proporcionar a los sindicatos las mismas libertades que otorgaba al sindicato Interempresas para sindicalizar y realizar reuniones, en los mismos supermercados y durante el horario de trabajo incluso. Cualquier indicación en sentido contrario constituye una tergiversación de la sentencia y una nueva discriminación hacia los sindicatos que de verdad luchan por los derechos de los trabajadores, que deberá ser denunciada en su oportunidad. Un reconocimiento y agradecimiento a los dirigentes que se atrevieron a proporcionar su valioso testimonio en juicio.