RICHARD CURINAO, COMUNICADOR SOCIAL MAPUCHE UNA VEZ MÁS TRASGREDEN SUS DERECHO FUNDAMENTALES: LA LIBERTAD DE EXPRESION

Estimados señores y señoras, estas situaciones descritas han sido toleradas por el Estado chileno, en transgresión a sus deberes con la Convención de Eliminación de la Discriminación racial, el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, entre otras normas internacionales que son vinculantes, las que, entre otras temáticas, señalan:

1.- Declaración de los Derechos Humanos 1948. Art. 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de su opiniones; el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

2.- Declaración de los derechos de los pueblos indígenas aprobado el 13 de septiembre de 2007 en Naciones Unidas / Artículo 16 / numeral 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación alguna.

3.- Convenio 169 de la OIT / Art: 30 / numeral 2.- A tal fin, deberá recurrirse, si fuere necesario, a traducciones escritas y a la utilización de los medios de comunicación de masas en las lenguas de dichos pueblos. / Art: 31.- “… Los gobiernos deberán promover medios de comunicación (radio, televisión, prensa) en los idiomas de los pueblos indígenas.

A SU VEZ, SE TRANSGREDE EN EL CAMPO AMERICANO LO SIGUIENTE:

4.- Artículo 13 - Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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LIBERTAD DE PENSAMIENTO Y DE EXPRESIÓN

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar: a. el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o b. la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

En resumen se criminaliza y vulnera los derechos humanos de Richard Curinao por el sólo hecho de ejercer su derecho de libertad de expresión al difundir informaciones relacionadas con hechos que se imputan a una organización . Consideramos que los hechos denunciados son sin dudas una grave vulneración a la libertad de expresión.

Por lo anterior, considerando la importancia de vuestra instancia, les solicitamos lo siguiente:

(a) Un pronunciamiento sobre este grave atentado a la libertad de expresión, opinión y al Derecho a la información y comunicación del Pueblo Mapuche.

(b) Conminar al Estado chileno a que los equipos de Richard Curinao sean devueltos a la brevedad para que pueda seguir cumpliendo sus labores y de reparar los Derechos transgredidos.

(c) Recordar al Estado chileno sobre sus obligaciones frente al respeto de la libertad de expresión, de opinión y resguardo a quienes cumplen labores de comunicación en su calidad de defensores de Derechos Humanos.

(d) A su vez, de interés y mucho valor sería seria que vuestra articulación de reporteros pudiese dar acreditación a la Red de Comunicadores Mapuches del Wwallmapu como integrantes de la Reporteros sin Frontera.

Agradeciendo su atención, esperando encontrar eco a nuestras urgentes peticiones, le saludan muy cordialmente,

Suscribe la presente:

Richard Curinao, Comunicador Social Mapuche