DECLARACIÓN PÚBLICA
Algunas razones jurídicas acerca de por qué no procede indultar a los violadores de derechos humanos
El artículo 5 de
El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Son numerosos los Tratados Internacionales que establecen que los delitos de lesa humanidad, que fueron los cometidos por la dictadura militar, no pueden ser objeto de amnistía ni indulto.
Al contrario, el Estado chileno está obligado a hacer respetar los derechos humanos, investigando, persiguiendo y sancionando a los responsables de infracciones consideradas delitos de lesa humanidad.
Tras estas normas está la necesidad de asegurar que las infracciones, las violaciones a los derechos humanos, no se vuelvan a cometer. Es lo que se expresa en la frase: “para que nunca más”.
Si el Derecho Internacional ha establecido que este tipo de crímenes no prescriben ni pueden ser objeto de amnistía, es un principio de la más elemental lógica jurídica que sus autores no pueden ser indultados.
Si al Poder Legislativo se le prohíbe dictar una ley de amnistía para estos casos, tampoco puede el Poder Ejecutivo promulgar un decreto indultando a un delincuente que ha sido juzgado por el Poder Judicial y sentenciado como tal a cumplir una determinada pena.
Si así se procediere, ese indulto vulneraría las obligaciones asumidas por el Estado chileno cuando ratificó los tratados internacionales que prohíben indultar a ese tipo de criminales. Y, como esos tratados tienen rango constitucional en virtud de lo prescrito en el art. 5, ese indulto sería de paso inconstitucional.
Cabe también consignar que los fundamentos de supuesta humanidad que arguye la iglesia católica cuando habla de los criterios que deberían considerarse en estos casos, ya fueron considerados, analizados y traducidos en las sentencias que han dictado los tribunales. Rebajar -vía indulto o amnistía- todavía más las penas irrisorias que han estado aplicando los tribunales chilenos constituirían una afrenta a la memoria de los luchadores por la libertad y una ofensa inaudita a la justicia.
AFDD RECHAZA PROPUESTA DE INDULTO DE
Lorena Pizarro dijo que la propuesta que incluye a violadores de derechos humanos constituye “un error” y “fragiliza” la posibilidad de asegurar el respeto a la vida a las futuras generaciones
“Un error muy grave” es para
“Ellos han cometido un error muy grave, una falta muy grave, porque no hay acto más misericordioso ni más humano que asegurar a las futuras generaciones el respeto a la vida y a los derechos humanos, y con lo que ellos han hecho hoy día han fragilizado esa posibilidad”, dijo la presidenta del organismo, Lorena Pizarro.
La dirigente rechazó el argumento relativo a que no todos los ex uniformados habrían tenido la misma responsabilidad en los crímenes, subrayando que “aquí no hay cómplices ni más ni menos responsabilidades, todos sin excepción no pueden ser beneficiados por indultos”.
Recalcó que “lo que se agrede finalmente es el respeto a la vida, se agrede al Estado, se agrede el derecho internacional y sobre todo se ofende a las actuales y futuras generaciones porque se las pone en riesgo de volver a vivir terrorismo d Estado y crímenes de lesa humanidad”.
Pizarro enfatizó que es necesario preguntarles a monseñor Alejandro Goic y al cardenal Francisco Javier Errázuriz –que hicieron la entrega del documento en
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